Cambian criterio de etiquetado de alimentos

Serán más altos los valores que determinan que un contenido es excesivo

El Poder Ejecutivo decretó cambios en la normativa sobre etiquetado de alimentos. Hay cambios al alza en los criterios para definir exceso de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas.

Según la nueva norma, se consideran para el cálculo los nutrientes por cada 100 gramos de producto.

Si bien en algunos casos la normativa es más laxa, se mantienen los valores a partir de los cuales se considera “exceso” de azúcares en alimentos líquidos: 3 gramos cada 100 mililitros, 5 gramos para aquellos productos “sin edulcorantes no nutritivos” y 7 gramos para los productos que contengan un “máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares o sin adicción de edulcorantes no nutritivos”.

Los alimentos deberán tener rotulado frontal si superan al menos uno de los criterios establecidos.

En cuanto a los azúcares, se consideran todos los monosacáridos y los disacáridos presentes en los alimentos, a excepción de la lactosa. A su vez, se exceptúan los azúcares naturalmente presentes en las frutas y verduras utilizadas como ingredientes en los alimentos.

Respecto a las grasas, se exceptúan las grasas provenientes de frutos secos y semillas utilizadas como ingredientes en los alimentos.

Imagen: MSP

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